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Resolución 37: Criterio ético en la contratación internacional

30 Noviembre, 2012
Fuente: 
PSI

El 29o Congreso Mundial de la Internacional de Servicios Públicos (ISP), reunido en Durban del 27 al 30 de noviembre de 2012

CONSIDERANDO que la ISP ha sido uno de los sindicatos mundiales activos y de más larga data en desplegar campañas eficaces en apoyo de las necesidades y derechos del personal migrante; que su Campaña Internacional sobre la Migración y las Trabajadoras de la Salud produjo nuevos conocimientos importantes sobre los factores que estimulan o frenan las tendencias de migración internacional, y contribuyó a documentar las repercusiones de la migración sobre los servicios de salud en los países de procedencia del personal migrante. Que otro aspecto importante de la campaña ha sido definir estrategias sindicales transfronterizas de apoyo de información al personal de salud que prevé emigrar. Que ese fundamento ofrece una valiosa plataforma para seguir apoyando los derechos del personal y de los pacientes en un contexto de migración de mano de obra;

CONSIDERANDO que la condición legal y laboral precaria del personal migrante lo hace vulnerable a la explotación e incrementa su necesidad de una defensa y un apoyo sindicales dinámicos, y que las agencias internacionales de captación de personal con fines de lucro funcionan sin ninguna regulación en el actual mercado mundial, y que hay demasiados trabajadores y trabajadoras migrantes que son víctimas de abuso cínico y censurable en manos de captadores faltos de ética;

CONSIDERANDO que las agencias privadas de captación y suministro de personal han contribuido a acelerar las tendencias a la migración y a la privatización de empleos y servicios públicos; que han encontrado nuevas formas de obtener lucro de los sistemas públicos cobrando precios exorbitantes tanto a los empleadores como al personal migrante mismo;

CONSIDERANDO que, dada la falta de regulación gubernamental efectiva de las agencias de captación de personal, los sindicatos tienen que procurar cauces alternativos para establecer normas éticas de captación internacional de personal y para supervisar las prácticas de captación, y que un modelo de esa índole es el establecimiento de códigos de prácticas voluntarios mediante negociaciones entre las partes interesadas, con participación de los empleadores, los captadores, los sindicatos y los migrantes mismos. Aunque sólo en medida limitada se pueden aplicar esos códigos, pueden ser instrumentos valiosos para determinar prácticas óptimas y fomentar la conducta justa mediante mayor escrutinio y responsabilidad exigible.

En consecuencia, RESUELVE que la ISP:

  • aliente a las afiliadas a que asuman un papel de vanguardia en el desarrollo, a nivel nacional, de normas para la captación de personal de servicios de salud y de otros públicos, y procurar por todos los medios existentes supervisar esas normas y hacer que se apliquen;
  • apoye los esfuerzos por exponer las violaciones de derechos de las trabajadoras y trabajadores migrantes y difundir información sobre las agencias faltas de ética en la industria internacional de captación de personal;
  • inste a las afiliadas a sindicar activamente a trabajadores y trabajadoras migrantes en sus sindicatos, y apoyar y defender las cuestiones que conciernen a esos miembros;
  • siga observando los patrones de migración internacional y prácticas de captación de personal, a fin de evaluar las repercusiones de tales tendencias y guiar el desarrollo de una política y patrocinio eficaz de los sindicatos, y
  • promueva la solidaridad y cooperación entre afiliadas de la ISP en los países de procedencia y de destino del personal migrante, a fin de representar y defender mejor al personal migrante y ampliar la exigencia de puestos de trabajo seguros y servicios públicos de calidad en todos los países.

Véase todas las Resoluciones del Congreso así como el Programa de Acción y los Estatutos.

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